“En esta villa de Tapachula, a 24 de Julio de 1824. Reunidos los señores de este ayuntamiento, las diputaciones de los demás del partido, el señor cura encargado D. Eugenio Córdova (previo comvite), el comandante encargado D. Manuel Córdova, la oficialidad de estas compañías y de las de Tuxtla Chico, excepto el señor comandante de dicho punto D. Francisco Bermúdez y el capitán S. Benito Bermúdez, que ni aun contestaron a la citación que se les hizo. Al efecto, este vecindario y la mayor parte de los habitantes del partido presidiendo al acto de esta junta el regidor primero D. Ponciano Prado; por no haber asistido el señor alcalde primero, se trajo a la vista el decreto del 26 de Mayo y oficio del Ministerio de Relaciones del Gobierno Mexicano de la misma fecha, que de orden de la suprema junta se sirvió adjuntar en fecha 25 de Junio el señor jefe político. Leído que fue por el secretario del ayuntamiento, enterados todos de su contenido, después de muchas, reflexiones y una detenida discusión. Trataron de traer a la vista el código constitucional del supremo gobierno de las Provincias Unidas para enterarse de su gobierno, al efecto lo facilito gustoso el mencionado señor cura encargado, y entendido que fue después de leído en alta voz, de uniformidad acordaron los puntos siguientes:
1º.- Que en vista del pronunciamiento de Libertad que la suprema junta d la Provincia de Chiapa hizo el 31 de Julio del año próximo pasado fijando sus bases de gobierno, desde luego en uso de aquella, este partido parte hoy por unánime expresión de la mayoría e sus habitantes, á ser parte del supremo gobierno de las Provincias Unidas del Centro de América, separándose del Gobierno de Ciudad Real de Chiapas, con la condición de volver a unirse a él siempre que el resto de la provincia se agregue a la Federación del expresado supremo gobierno del Centro América.
2º.- Que al representante de este partido que existe en la suprema junta de Ciudad Real, se le remita por este ilustre ayuntamiento el correspondiente cese en sus funciones, menos en la parte que mira á que la provincia de as Chiapas sea un Estado Federado con el supremo gobierno ya expresado.
3º.- Que para la sustencion del órden y tranquilidad de este partido, se nombra por jefe político al Sr. D. Manuel Escobar, y por comandante general al teniente D. Manuel Córdoba, ínterin el supremo gobierno de la Provincias Unidas del Centro de América nombra las autoridades que deben subrogar a estas.
4º.- Que para el sostenimiento de este pronunciamiento se ponga sobre las armas la división que acuerden los expresados señores jefe político y comandante general, para cuyo pago, dichas autoridades de acuerdo con los ilustres ayuntamientos tratarán los arbitrios necesarios.
5º.- Que a la mayor posible brevedad se preste el juramento de reconocimiento de obediencia al supremo gobierno indicado, conforme al supremo decreto de la materia.
6º.- Se faculta al ayuntamiento de esta cabecera para que en el caso de que las nuevas autoridades tengan que manifestar alguna excusa legal para el ejercicio de sus funciones, la califique y pueda nombrar quien les suceda en unión de la oficialidad cuando se trate de nuevo comandante general.
7º.- Que por este ayuntamiento se dirijan inmediatamente testimonios íntegros al supremo gobierno de las Provincias Unidas del Centro de América, al supremo gobierno de la provincia de Chiapa y los partidos que la componen.
8º.- Que no con poco dolor se lamenta este partido de no haber tenido a la vista documentos ciertos que acreditasen por cierta la opinión pública por Guatemala y por México a tiempo de manifestar su voluntad por este, en fecha 3 de Mayo último, y sí papeles subversivos que aparentando la opinión de toda la provincia por México, dieron motivo a la acta de dicha fecha, la que se tendrá por nula.
9º.- Que este pronunciamiento se celebre con un solemne Te Deum, con ocho días de iluminación general, y las demás funciones que acordase este ilustre ayuntamiento y para constancia la firmaron todos los que supieron hacerlo. Certifico.- José Ponciano Prado.- Eugenio Córdoba.- Norberto Canisales.- Ciriaco Arreola.- Marcelo Nicolás y Vallejo.- Manuel Cordoba.- Leonardo Fuentes.- Manuel Escobar.- Ignacio Jabalois.- Pedro Córdoba.- Hilario Chacon.- Silverio Escobar.- Margarita Córdova.- Domingo Sánchez.- Isidoro Ancheita.- Por los individuos del Ayuntamiento de Escuintla, Nicolás Esencio.- Por el pueblo de Ayutla, Isidoro Ancheita.- Por los naturales de Tuxtla, Jacinto López.- Por el pueblo de Güegüetan, Cárlos Estéban.- Por el pueblo de Mazatán, Calixto Bautista.- Por Tuzantan, Manuel Chacon.- Por el pueblo de San Felipe, Ignacio Jabalois.- Por Pueblo Nuevo, Pedro Córdoba.- Por el pueblo de Metapa, Isidoro Cadenas.- Por el pueblo de Acapetagua, Ciriaco Arriola.- Por el pueblo de Acocayagua, Manuel Meoño.- Albino Quinteros.- Isidoro Cadenas.- Manuel José Chacón.- Antonio Rizo.- Enrique Antonio Marroquin.- Jose Guzmán.- Angel Coronel.- José Antonio Trujillo.- Matías Vazquez.- Lino Soliz.- Manuel Meoño.- Andrés Salazar.- José Teodoro Torres.- Victoriano Gomez.- Luis Bartolomé de ña cruz.- Severo Coutiño.- Máximo Hernandez.- Juan Coutiño.- Lúcas Vazquez.- Juan Antonio Salazar.- Felipe Cárdenas, Secretario.”
2º.- Que al representante de este partido que existe en la suprema junta de Ciudad Real, se le remita por este ilustre ayuntamiento el correspondiente cese en sus funciones, menos en la parte que mira á que la provincia de as Chiapas sea un Estado Federado con el supremo gobierno ya expresado.
3º.- Que para la sustencion del órden y tranquilidad de este partido, se nombra por jefe político al Sr. D. Manuel Escobar, y por comandante general al teniente D. Manuel Córdoba, ínterin el supremo gobierno de la Provincias Unidas del Centro de América nombra las autoridades que deben subrogar a estas.
4º.- Que para el sostenimiento de este pronunciamiento se ponga sobre las armas la división que acuerden los expresados señores jefe político y comandante general, para cuyo pago, dichas autoridades de acuerdo con los ilustres ayuntamientos tratarán los arbitrios necesarios.
5º.- Que a la mayor posible brevedad se preste el juramento de reconocimiento de obediencia al supremo gobierno indicado, conforme al supremo decreto de la materia.
6º.- Se faculta al ayuntamiento de esta cabecera para que en el caso de que las nuevas autoridades tengan que manifestar alguna excusa legal para el ejercicio de sus funciones, la califique y pueda nombrar quien les suceda en unión de la oficialidad cuando se trate de nuevo comandante general.
7º.- Que por este ayuntamiento se dirijan inmediatamente testimonios íntegros al supremo gobierno de las Provincias Unidas del Centro de América, al supremo gobierno de la provincia de Chiapa y los partidos que la componen.
8º.- Que no con poco dolor se lamenta este partido de no haber tenido a la vista documentos ciertos que acreditasen por cierta la opinión pública por Guatemala y por México a tiempo de manifestar su voluntad por este, en fecha 3 de Mayo último, y sí papeles subversivos que aparentando la opinión de toda la provincia por México, dieron motivo a la acta de dicha fecha, la que se tendrá por nula.
9º.- Que este pronunciamiento se celebre con un solemne Te Deum, con ocho días de iluminación general, y las demás funciones que acordase este ilustre ayuntamiento y para constancia la firmaron todos los que supieron hacerlo. Certifico.- José Ponciano Prado.- Eugenio Córdoba.- Norberto Canisales.- Ciriaco Arreola.- Marcelo Nicolás y Vallejo.- Manuel Cordoba.- Leonardo Fuentes.- Manuel Escobar.- Ignacio Jabalois.- Pedro Córdoba.- Hilario Chacon.- Silverio Escobar.- Margarita Córdova.- Domingo Sánchez.- Isidoro Ancheita.- Por los individuos del Ayuntamiento de Escuintla, Nicolás Esencio.- Por el pueblo de Ayutla, Isidoro Ancheita.- Por los naturales de Tuxtla, Jacinto López.- Por el pueblo de Güegüetan, Cárlos Estéban.- Por el pueblo de Mazatán, Calixto Bautista.- Por Tuzantan, Manuel Chacon.- Por el pueblo de San Felipe, Ignacio Jabalois.- Por Pueblo Nuevo, Pedro Córdoba.- Por el pueblo de Metapa, Isidoro Cadenas.- Por el pueblo de Acapetagua, Ciriaco Arriola.- Por el pueblo de Acocayagua, Manuel Meoño.- Albino Quinteros.- Isidoro Cadenas.- Manuel José Chacón.- Antonio Rizo.- Enrique Antonio Marroquin.- Jose Guzmán.- Angel Coronel.- José Antonio Trujillo.- Matías Vazquez.- Lino Soliz.- Manuel Meoño.- Andrés Salazar.- José Teodoro Torres.- Victoriano Gomez.- Luis Bartolomé de ña cruz.- Severo Coutiño.- Máximo Hernandez.- Juan Coutiño.- Lúcas Vazquez.- Juan Antonio Salazar.- Felipe Cárdenas, Secretario.”
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