DECLARACIÓN DE TUXTLA CHICO


“En la Villa de Tuxtla Chico Cabecera de la Parroquia del mismo nombre, á los siete días del mes de Diciembre de 1856. Reunido el vecindario de esta villa en ele local de secciones bajo la presidencia del Alcalde 1º. Accidental que suscribe, éste manifestó que acaba de recibir una acta en copia certificada por el presidente del ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Tapachula; y para que el vecindario se entere de su contenido se le ha dado lectura ha visto el vecindario que el citado Ayuntamiento y vecindario de Tapachula han acordado erigirse en Territorio para depender únicamente del Gobierno Supremo de la Nación, en atención a las razones fundadas que constan en dicho acuerdo: que este aso no lo juzga ofensivo al estado, pues á más de que á sus pueblos se tratan como hermanos, solo se procura hacer cesar las penalidades que ha sufrido y sufre el Departamento, así como ver por el adelanto y engrandecimiento de estos pueblos; que el vecindario usando el derecho que le está concedido á toda sociedad, delibere sobre lo que en tan importante asunto (puede) hacerse pues con el resultado debe darse cuenta.

         El vecindario oyó con el mayor detenimiento y atención el contenido de la acta á que se ha dado lectura, así como la exposición del señor Alcalde 1º. Que preside el acto: discutido suficientemente todas y cada una de las razones contenidas en la referida acta; y bien enterado de todo resolvió: que están bastante convencidos todos los vecinos de esta Villa de ser efectivos los padecimientos que sufre el Departamento no sólo por las faltas que con toda injustita le atribuye el Gobierno del Estado de Chiapas, sino por los ningunos beneficios que de él ha recibido en el largo tiempo que lleva de pertenecerla, no obstante su ciega obediencia á todas las disposiciones emanadas del mismo Gobierno á quien se le ha guardado la más grande lealtad, procurando siempre conservar la paz para que á su sombra se le prodigara á estos mismos pueblos los beneficios á que son acreedores: que esto sin duda es debido á que la distancia que guardan de la Capital del Estado, la cual no da lugar sin duda alguna á que el Gobernador pueda tender aquí una mirada paternal para descubrir las necesidades locales y poner á ellas el remedio oportuno, que á esto mismo es debido que no pueda estar al tanto de la posición de Soconusco, el cual está llamado a progresar y ser la más firme columna para el sostenimiento de la integridad del territorio mexicano: considerando el vecindario, que mientras el departamento siga bajo el dominio del Gobierno del Estado de Chiapas jamás conseguirá los frutos que se propuso alcanzar con su anexsación al Gobierno Mexicano porque á ello se opone las razones antes dichas: Considerándose por último que la laboriosidad de estos habitantes y la fertilidad de sus terrenos los llama al engrandecimiento y que el único medio de conseguirlo por todas las razones antes dichas es el de erigirse en territorio para que por sí y con el auxilio y protección del Gobierno supremo pueda acudir al remedio de sus necesidades locales, con unanimidad de votos se acordaron los artículos siguientes:

         1.- El vecindario de la Villa de Tuxtla Chico teniendo a la vista la acta que con fecha de ayer se levantó por el Ayuntamiento y vecinos de la ciudad de Tapachula, erigiéndose en Territorio, invitando para tal efecto á las demás poblaciones del Departamento, la secunda en todas sus partes.

         2.- Se ofrece que no obstante la segregación del Gobierno del Estado de Chiapas, se profesa á los pueblos que los componen la más sincera amistad, asegurándoles que el presente paso no tiene mira alguna hostil y que sólo atiende á hacer que tenga término las penalidades de los pueblos.

         3.- Se reconoce por Gefe político del Territorio al señor Don Cristóbal Salas nombrando por la ciudad de Tapachula en el artículo cuarto de su referida acta.

         4.- Se aprueban las facultades que á dicho Gefe se conceden en el articulo 5º y 7º de la misma acta.

         5.- Es de la mejor aprobación de este vecindario el nombramiento hecho en la persona del señor Alcalde 1º de la ciudad de Tapachula Don Manuel de Jesús Chacón á quien se excita que al desempeñar su alta misión de representante cerca del Gobierno Supremo para la erección del Territorio, haga valer los derechos que tienen estos pueblos para solicitar el goce de los frutos que debe producirle su segregación del Estado de  Chiapas, y queda únicamente bajo los auspicios del Supremo Gobierno Nacional á quien se ata profundamente.

         6.- Y último, remítase original de la presente acta al ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Tapachula para que por el conducto correspondiente se eleve al Supremo Gobierno, y sacarse dos copias certificadas para dar cuenta al Supremo Gobierno del Estado, quedando un ejemplar en el archivo municipal de esta Villa, con lo que se concluyó el acto y firman los concurrentes.”

Wenceslao Sánchez, Alcalde 1º accidental.- Juan Pablo Becerra, Tesorero Municipal.- Bernardino Santelís.- Jerónimo Gamboa.- Luciano Rincón.- Manuel Vázquez.- Juan María Coutiño.- Pedro Mesa.- Por don Isidro Becerra, Bernardino Santelís.- Manuel Guzmán, Alcalde 2º.- Rosa Santelís.- Petronilo Bolaños.- Joaquín Escobar.- Por don Inocencio Coutiño, Petronilo Bolaños.- José Surción Paredes.- Ramón Rosales.- Fulgencio López.- Desiderio Zepeda.- Por los señores Gervasio Solíos y Onésimo Meléndez, Nicolas Gamboa.- Por los señores Manuel de los Reyes y Paulino Muñoz, Desiderio Zepeda.- Por los señores Juan Esteban Solís y Juan Antonio Cansino, Juan María Coutiño.- Por los señores Honorato Obisto Aylor y Francisco Hernández, Victoriano García.- Guardia Municipal, Mariano Rincón.- Por los ciudadanos Florencio de San José, Julián Mejía y Francisco López, Bernardino Santelís.- José Patricio García.- Mariano García, subteniente de la guardia nacional.- Sargento Cayetano Figueroa.- Cabo Nicolás Gamboa.- Cabo Victoriano García.- Cabo Julián Ochoa.- Por treinta soldados que no saben firmar, Nicolás Gamboa.- Por el Jefe del Cuartel José Eugenio Reyes y el Juez de Manzana Telésforo Monzón, Desiderio Soto.- Por los Jueces de Manzana del Barrio de Santa Bárbara, Cesareo Mesa y Mariano Martínez, José Patricio García.- Por el Juez de cuartel del Barrio de Santiago y por jueces de manzana Mariano de la Cruz y Patricio Pérez, José Esteban Hernández.- Por la justicia indígena que no sabe firmar y por cien individuos más de la misma clase, lo hago yo, José Patricio García.- Juan María Figueroa, secretario interino.

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