DECLARACIÓN DE TUXTLA CHICO

En la Villa de Tuxtla Chico Cabecera de la Parroquia del mismo nombre, a los siete días del mes de Diciembre de 1856. 'Reunido el vecindario de esta villa en el local de secciones bajo la presidencia del alcalde 1°. Accidental que suscribe, éste manifestó que acaba de recibir una acta en copia certificada por el presidente del ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Tapachula; y para que el vecindario se entere de su contenido se le ha dado lectura, ha visto el vecindario que el citado Ayuntamiento y vecindario de Tapachula han acordado erigirse en territorio para depender únicamente del gobierno Supremo de la Nación, en atención a las razones fundadas que constan en dicho acuerdo: que este aso no lo juzga ofensivo al estado, pues á más de que á sus pueblos se tratan como hermanos, solo se procura hacer cesar las penalidades que ha sufrido y sufre el departamento, así como ver por el adelanto y engrandecimiento de estos pueblos; que el vecindario usando el derecho que le está concedido á toda sociedad, delibere sobre lo que en tan importante asunto (puede) hacerse pues con el resultado debe darse cuenta.


El vecindario oyó con el mayor detenimiento .y atención el contenido de la acta á que se ha dado lectura, así como la exposición del señor alcalde 1°. Que preside el acto: discutido suficientemente todas y cada una de las razones contenidas en la referida acta; y bien enterado de todo resolvió: que están bastante convencidos todos los vecinos de esta Vida de ser efectivos los padecimientos que sufre el Departamento no sólo por las faltas que con toda injustita le atribuye el gobierno del Estado de Chiapas, sino por los ningunos beneficios que de él ha recibido en el largo tiempo que lleva de pertenecería, no obstante su ciega obediencia á todas las disposiciones emanadas del mismo gobierno á quien se le ha guardado la más grande lealtad, procurando siempre conservar la paz vara que á su sombra se le prodigara á estos mismos pueblos los beneficios á que son acreedores: que esto sin duda es debido á que la distancia que guardan de la Capital del Estado, la cual no da lugar sin duda alguna á que el gobernador pueda tender aquí una mirada paternal para descubrir las necesidades locales y poner á ellas el remedio oportuno, que á esto mismo es debido que no pueda estar al tanto de la posición de Soconusco, el cual está llamado a progresar y ser la más firme columna para el sostenimiento de la integridad del territorio mexicano: considerando el vecindario, que mientras el departamento siga bajo el dominio del gobierno del Estado de Chiapas jamás conseguirá los frutos que se propuso alcanzar con su anexsación al gobierno Mexicano porque á ello se opone las razones antes dichas: Considerándose por último que la laboriosidad de estosh y la fertilidad de sus terrenos los llama al engrandecimiento y que el único medio de conseguiría por todas las razones antes dichas es el de erigirse en territorio para que por si y con el auxilio y Protección del gobierno supremo pueda acudir al remedio de sus necesidades locales, con unanimidad de votos se acordaron los artículos siguientes:


1.- El vecindario de la Villa de Tuxtla Chico teniendo a fa vista fa acta que con fecha de ayer se levantó por el Ayuntamiento y vecinos de fa ciudad de Tapachula, erigiéndose en Territorio, invitando para tal efecto á las demás poblaciones del Departamento, la secunda en todas sus partes.


2,- Se ofrece que no obstante fa segregación del gobierno del estado de Chiapas, se profesa á los pueblos que los componen fa¬mas sincera amistad, asegurándoles que el presente paso no tiene mira alguna hostil y que sólo atiende á hacer que tenga término las penalidades de los pueblos.


3.- Se reconoce por jefe político del territorio al señor Don Cristóbal Salas nombrando por la ciudad de Tapachula en el articulo cuarto de su referida acta.


4.- Se aprueban las facultades que á dicho Jefe se conceden en el articulo 5º y 7º de la misma acta.


5.- Es de la mejor aprobación de este vecindario el nombramiento hecho en la persona del señor Alcalde 1° de la ciudad de Tapachula Don Manuel de Jesús Chacón á quien se excita que al desempeñar su alta misión de representante cerca del gobierno Supremo para la erección del Territorio, haga valer los derechos que tienen estos pueblos para solicitar el goce de los frutos que debe producirle su segregación del Estado de Chiapas, y queda únicamente bajo los auspicios del Supremo gobierno Nacional á quien se ata profundamente.


6.- Y último, remítase original de la presente acta al ilustre Ayuntamiento de l ciudad de Tapachula para que por el conducto correspondiente se eleve al Supremo gobierno, y sacarse dos copias certificadas para dar cuenta al Supremo gobierno del Estado, quedando un ejemplar en el archivo municipal de esta Villa, con lo que se concluyó el acto y firman los concurrentes"


Wenceslao Sánchez, Alcalde 1° accidental- Juan Rabio 'Becerra, Tesorero Municipal- Bernardíno Santelis.- Jerónimo gamboa-Luciano Rincón.- Manuel Vázquez.- Juan 'María Coutíño.- Pedro •Mesa.- Por don Isidro 'Becerra, Bernardíno Santelis.- Manuel Guzmán, Alcalde 2º.- Rosa Santelis.- Petronílo Bolaños.- Joaquín Escodar.- por don Inocencio Coutíño, Petronílo Bolaños.- José Surcíón Paredes.- Ramón Rosales.- Fulgencío López.- Desiderio Zepeda.- por los señores Gervasío Solíos y Onésímo Meléndez, Nícolas gamboa.- por los señores Manuel de los Reyes y Raulíno Muñoz, Desiderio Zepeda.- por los señores Juan Esteban Solís y Juan Antonio Cansino, Juan 'Maria Coutiño.- por los señores honorato Obísto Aylor y Francisco Hemández, Victoriano Garcia.- guardia Municipal , Mariano 'Rincón.- por los ciudadanos Florencío de San José, Julíán Mejía y Francisco López, Bernardino Santelís.- José Patrícío Garcia.- Mariano garcía, subteniente de la guardia nacíonal- Sargento Cayetano Fígueroa.-Cabo Nicolas gamboa.- Cabo Victoriano garcía.- Cabo Julián Ochoa.- por treinta soldados que no saben firmar, Nícolás gamboa.- por el Jefe del Cuartel José 'Eugenio Teyes y el Juez de Manzana Telésforo Monzón, Tesíderío Soto.- por los Jueces de Manzana del Barrio de Santa Bárbara, Cesareo Mesa y Mariano Martínez, José Patrícío garcía.- por el Juez de cuartel del Barrio de Santiago y por jueces de manzana Mariano de la Cruz y Patrícío Pérez, José Esteban Fernández.- por la justicia indígena que no sabe firmar y por cien individuos más de la misma clase, lo hago yo, José Patrícío garcía.- Juan María Figueroa, secretario interino.

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